IERIC lanza plan de facilidades para empleadores multados en la construcción

En el marco de un contexto económico adverso que impacta directamente sobre la industria de la construcción, el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC) ha dispuesto la implementación de un plan de facilidades de pago para empleadores sancionados por incumplimientos a la Ley 22.250. La medida busca ofrecer herramientas concretas que permitan regularizar deudas originadas en sumarios administrativos, a través de esquemas flexibles que contemplan la realidad financiera de los actores del sector.

Este nuevo plan, habilitado por la Resolución 50/25, representa un paso relevante en términos de política sectorial. Al ofrecer plazos extendidos, tasas diferenciadas y mecanismos de actualización, el IERIC intenta favorecer el cumplimiento voluntario, reducir la litigiosidad y fomentar la formalización laboral en una industria clave para el desarrollo del país.

La Ley 22.250 y el rol del IERIC como autoridad de aplicación

La industria de la construcción posee un régimen laboral específico establecido por la Ley 22.250, normativa que regula las relaciones laborales en el sector desde una lógica particular, adaptada a las características cíclicas y dinámicas propias de esta actividad.

En su Capítulo II, dicha ley creó el Registro Nacional de la Industria de la Construcción, organismo autárquico encargado de velar por la correcta inscripción tanto de empleadores como de trabajadores. Esta obligación legal debe cumplirse en un plazo de 15 días hábiles desde el inicio de actividades del empleador o del ingreso del trabajador, según el caso.

Posteriormente, a través del Decreto 1309/96, se transfirieron las funciones del Registro al IERIC, que desde entonces opera como ente rector del cumplimiento del régimen legal en todo el país. Además de su rol estadístico y de registro, el Instituto posee facultades para instruir sumarios, aplicar sanciones y promover la regularización de situaciones de incumplimiento.

Multas, sumarios y nueva herramienta de pago

En ese marco legal, los empleadores que no cumplen con las disposiciones vigentes pueden ser objeto de inspecciones y sumarios administrativos. A partir de estos procedimientos se imponen multas económicas, cuyo pago se torna complejo en contextos de crisis, caída de la actividad o desequilibrios financieros.

Por ello, y reconociendo las dificultades actuales del sector, el IERIC resolvió aprobar un nuevo plan de facilidades de pago, aplicable a las multas impuestas en el marco de su competencia. El objetivo es favorecer el cumplimiento de las sanciones impuestas, sin renunciar al principio de responsabilidad empresarial, pero reconociendo los desafíos que enfrentan las firmas constructoras y los empleadores individuales.

Alcance temporal del régimen especial de pago

La medida comenzará a regir a partir del 1° de agosto de 2025, y tendrá un alcance amplio en cuanto al universo de deudas que pueden ser incluidas.

Podrán acogerse al plan las multas derivadas de actas de inspección o actas de infracción labradas hasta el 31 de julio de 2026, sin importar el estado procesal en que se encuentren. Esto significa que podrán incluirse multas con resolución firme en sede administrativa, causas judicializadas sin sentencia definitiva, acuerdos de pago caducos o incumplidos, o incluso sanciones en etapa prejudicial.

La vigencia del régimen de adhesión se extenderá hasta el 31 de julio de 2027, plazo durante el cual los empleadores interesados podrán presentar sus solicitudes, formalizar acuerdos de pago y regularizar su situación ante el Instituto.

IERIC lanza plan de facilidades para empleadores multados en la construcción
IERIC lanza plan de facilidades para empleadores multados en la construcción

Condiciones para acceder al beneficio

Para ingresar al régimen de facilidades, los empleadores sancionados deberán firmar un acuerdo de pago con el IERIC. Este acuerdo establecerá las condiciones específicas para la cancelación de la multa, con diferentes opciones según el momento en que se formalice el compromiso y el esquema elegido por el infractor.

Las condiciones varían en función del plazo de suscripción del acuerdo respecto de la fecha de notificación de la sanción, la forma de pago (al contado, en cuotas limitadas o en planes extendidos), y los intereses aplicables en cada caso.

Opciones de pago: beneficios por adhesión temprana

Uno de los pilares del nuevo plan es el incentivo al pago temprano. Quienes opten por abonar la multa total dentro de los 90 días hábiles administrativos desde la notificación de la resolución sancionatoria podrán hacerlo sin intereses, siempre que la cancelación se realice en efectivo, por transferencia bancaria, o a través de un plan de hasta 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, documentadas con cheques de pago diferido.

Este esquema busca incentivar la regularización ágil y facilitar que aquellos empleadores con liquidez puedan cerrar rápidamente sus deudas sin afrontar recargos adicionales.

Plan extendido en 48 cuotas: intereses moderados

Para quienes no puedan afrontar el pago total en el corto plazo, se habilita una opción más flexible. Los empleadores podrán cancelar el total adeudado en hasta 48 cuotas mensuales, aplicándose un interés del 2% mensual, calculado desde la fecha de firma del acuerdo y hasta la cancelación total del saldo.

Esta condición es válida únicamente si el acuerdo se firma dentro de los 90 días hábiles desde la notificación de la multa. El interés se calculará según el sistema francés, que distribuye el pago de capital e intereses en cuotas fijas.

Adhesión posterior a los 90 días: intereses según tasa bancaria

Si el empleador firma el acuerdo de pago luego de transcurridos los 90 días hábiles desde la notificación de la multa, las condiciones se modifican. En ese caso, el monto total adeudado devengará un interés equivalente a la tasa activa a 30 días del Banco Nación Argentina, calculado desde la fecha de la notificación hasta la firma del acuerdo.

Una vez determinado el nuevo saldo con ese recargo, podrá cancelarse en hasta 48 cuotas mensuales, aplicándose además un interés adicional del 2% mensual, también conforme al sistema francés.

Este mecanismo busca preservar el valor real de la deuda cuando existe una demora significativa en la regularización, pero sin tornar impagable el compromiso.

Pago a cuenta: requisito para acceder al plan

Un punto clave del régimen es la exigencia de un anticipo obligatorio como condición para ingresar al plan de facilidades. El empleador deberá realizar un pago a cuenta del 5% del valor puro de la multa, que podrá abonarse en hasta dos cuotas mensuales consecutivas.

Solo una vez cancelado ese adelanto comenzará el devengamiento del saldo de la deuda, ya sea al contado o bajo el esquema de cuotas elegido. Este pago inicial actúa como compromiso mínimo y filtro para evitar adhesiones meramente especulativas.

IERIC lanza plan de facilidades para empleadores multados en la construcción
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Cuotas mínimas y actualización periódica

Con el fin de asegurar una recaudación compatible con los costos operativos del sistema y evitar planes excesivamente fragmentados, el IERIC fijó valores mínimos de cuota según el tipo de contribuyente:

  • Para personas humanas, la cuota mensual mínima es de $200.000.
  • Para personas jurídicas, la cuota mensual mínima asciende a $400.000.

Estos montos serán ajustados semestralmente, de acuerdo con la evolución del índice de precios de la construcción. Para ello, el Instituto publicará mensualmente el índice correspondiente, que servirá como base para recalcular los valores mínimos de adhesión y los parámetros de los planes vigentes.

Una herramienta para el ordenamiento del sistema

La implementación de este régimen de facilidades de pago se inscribe en un conjunto más amplio de estrategias orientadas a mejorar la formalización y la transparencia del empleo en la construcción. Al ofrecer opciones razonables de cumplimiento, el IERIC no solo apunta a incrementar la recaudación, sino también a fortalecer el sistema de control y registro.

Reducir la litigiosidad, facilitar la cancelación voluntaria de multas, y descomprimir la carga judicial son objetivos colaterales del plan, que busca equilibrar la firmeza en la aplicación de la ley con criterios de flexibilidad adaptados a la coyuntura.

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