La AFIP suprimió la obligatoriedad de registrar contratos de alquiler urbanos y rurales, simplificando el proceso para locadores y locatarios. Aquellos que busquen beneficios fiscales deberán declarar sus contratos antes del 30 de septiembre de 2024. La medida forma parte de un plan más amplio para reducir la burocracia.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció la eliminación de la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales ante el organismo. La medida, implementada a través de la Resolución General 5545/2024, busca reducir la carga administrativa para locadores y locatarios, en línea con el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023, que derogó la Ley de Alquileres.
A partir de esta resolución, los contribuyentes ya no estarán obligados a informar todas las operaciones de alquiler a través del «Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)». Sin embargo, aquellos que deseen acceder a los beneficios fiscales establecidos en la ley 27.737, como en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias, Bienes Personales y Ganancias, deberán registrar sus contratos en el servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI” antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a la celebración del contrato, según corresponda.
Para los contratos ya registrados, no será necesario realizar nuevamente el trámite, a menos que se realicen modificaciones o actualizaciones en los mismos.
Además, la AFIP dispuso, mediante la Resolución General 5547/2024, la eliminación del requisito de adjuntar una copia del contrato de alquiler en el servicio SiRADIG para empleados en relación de dependencia, que era necesario para acceder a las deducciones del 40% y 10% en el impuesto a las ganancias por sumas pagadas en concepto de alquiler para vivienda.
Esta serie de medidas se enmarca en un proceso más amplio de simplificación administrativa impulsado por la AFIP, que incluye la derogación de otros trámites como el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), así como la eliminación de varias obligaciones que afectaban a productores agropecuarios y al comercio exterior.