Blanqueo | Los bancos no podrán retener Ingresos Brutos en las cuentas especiales

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (Comarb) comunicó este jueves a las entidades bancarias que las cuentas especiales del blanqueo quedan excluidas del Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB). Esto significa que los clientes que exterioricen activos en una Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA) no estarán sujetos a retenciones de Ingresos Brutos por parte de las provincias.

El ente, encargado de regular las relaciones fiscales entre las provincias, envió una notificación formal a la Asociación de Bancos de la Argentina (ABA), la Asociación de Bancos Argentinos (ADEBA), la Asociación de Bancos Públicos y Privados de la República Argentina (ABAPPRA) y la Asociación de la Banca Especializada (ABE), informando esta decisión.

Sin embargo, Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, advirtió que esta medida no garantiza que las jurisdicciones provinciales no puedan aplicar impuestos sobre las cuentas CERA, ya que mantienen su potestad tributaria. “Cada jurisdicción puede considerar que los depósitos están gravados, aunque los bancos no recauden el SIRCREB a cuenta de Ingresos Brutos”, explicó Domínguez. Señaló también que algunas provincias, como Misiones, tienen sistemas propios distintos del SIRCREB. Cabe señalar que en el caso de Misiones, recién en la última sesión de Diputados realizada este jueves se aprobó la adhesión a este sistema de blanqueo.

Hasta la fecha, las legislaturas de Córdoba y Neuquén aprobaron leyes para adherirse al blanqueo nacional, lo que garantiza un tratamiento impositivo uniforme entre impuestos provinciales y nacionales. Esto otorga mayor seguridad a las personas o empresas que exterioricen activos, ya que no estarán sujetas a reclamos fiscales por actividades anteriores.

A pesar de estos avances, la situación es diferente en otras provincias, donde los contribuyentes corren el riesgo de que los fiscos locales utilicen los montos blanqueados como base para exigir tributos por presuntas actividades económicas gravadas.

Por otro lado, los bancos comenzaron a exigir declaraciones juradas a aquellos que exterioricen activos, particularmente a quienes declaren montos inferiores a u$s100.000, que podrán disponer de esos fondos a partir del 1 de octubre. Este requerimiento responde al temor de que algunos contribuyentes puedan fraccionar montos mayores en distintas cuentas para eludir el impuesto especial, que requiere mantener los fondos hasta el 31 de diciembre de 2025 para evitar su pago.

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