Reglamentaron las exenciones de Ganancias para alquileres y ventas de inmuebles: qué cambia para propietarios e inversores

El Gobierno nacional reglamentó los cambios incorporados a la Ley de Modernización Laboral y precisó el alcance de las exenciones en el Impuesto a las Ganancias para los ingresos obtenidos por alquileres de viviendas y determinadas operaciones de venta y transferencia de inmuebles. La medida busca reducir la carga tributaria sobre el sector inmobiliario e incentivar la oferta de propiedades.

A través del Decreto 406/2026, publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo estableció las condiciones para la aplicación de las exenciones incorporadas por la Ley 27.802. La normativa define quiénes podrán acceder a los beneficios y desde cuándo comenzarán a regir.

Uno de los cambios más relevantes alcanza a los alquileres de viviendas. A partir de la reglamentación, las ganancias derivadas de la locación o sublocación de inmuebles destinados a casa-habitación quedarán exentas del Impuesto a las Ganancias para los períodos fiscales iniciados desde el 1 de enero de 2026.

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El decreto establece que se entenderá por “casa-habitación” al inmueble destinado a vivienda única, familiar y de ocupación permanente. Además, aclara que el beneficio se aplicará independientemente de la fecha en que se haya firmado el contrato de alquiler. Esto significa que también alcanzará a contratos celebrados antes de la entrada en vigencia de la norma, siempre que las rentas se devenguen desde el inicio de 2026.

La reglamentación también incorpora dentro de la exención los importes abonados por muebles, accesorios o servicios suministrados junto con el inmueble, una situación frecuente en alquileres amoblados o con prestaciones incluidas.

Beneficios para la venta de inmuebles

La normativa también reglamentó la exención del Impuesto a las Ganancias para los resultados obtenidos por la venta de inmuebles y la transferencia de derechos sobre propiedades ubicadas en el país. El beneficio alcanzará a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto residentes en Argentina como en el exterior, siempre que las operaciones se concreten a partir del 1 de enero de 2026.

Según la reglamentación, la exención comprende la enajenación de inmuebles y determinadas cesiones de derechos vinculadas a operaciones inmobiliarias, brindando mayor certeza jurídica a quienes realicen este tipo de transacciones.

Impacto esperado en el mercado

Especialistas del sector consideran que la medida podría mejorar la rentabilidad de las inversiones inmobiliarias y contribuir a ampliar la oferta formal de viviendas en alquiler. También se espera que reduzca los costos tributarios asociados a la compraventa de propiedades, en un contexto donde el mercado busca recuperar dinamismo tras varios años de baja actividad.

No obstante, tributaristas recuerdan que la exención en Ganancias no elimina otras cargas fiscales que continúan vigentes, como impuestos provinciales o tasas municipales, según la jurisdicción. Además, en algunos casos los ingresos por alquileres seguirán siendo considerados para otros regímenes tributarios, como la categorización en el monotributo.

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