Obras en construcción: horarios permitidos y dónde denunciar ruidos molestos en Posadas

Posadas cuenta con una normativa rigurosa para combatir la contaminación sonora y proteger la calidad de vida de sus ciudadanos. La Ordenanza VI – Nº 14, enfocada en la protección ambiental frente a ruidos y vibraciones, establece medidas claras y estrictas que regulan los niveles máximos de ruido permitidos según el tipo de zona y las actividades que allí se realicen.

Límites sonoros según la zona y el horario

La legislación define el ruido molesto como aquel que excede los límites permitidos por la norma y que afecta negativamente la salud, el descanso o el bienestar general. Estos límites varían según la ubicación y el momento del día:

  • En zonas residenciales, el máximo permitido es de 50 decibeles durante el día, reduciéndose a 40 decibeles durante la siesta (13:00 a 15:00) y la noche (22:00 a 06:00).
  • En zonas comerciales, los niveles permitidos son de 60 decibeles durante el día y 45 decibeles en los horarios de descanso.

Además, las actividades temporales como construcciones o demoliciones deben realizarse únicamente en horarios habilitados. Para casos excepcionales, se requiere un permiso municipal que especifique los niveles de ruido autorizados.

Procedimientos para reportar infracciones

Cualquier ciudadano afectado por ruidos molestos puede denunciar la situación a la Municipalidad de Posadas, que realizará las mediciones necesarias y aplicará sanciones cuando corresponda. Las denuncias pueden efectuarse llamando al celular 376-4134650.

Horarios protegidos y medidas preventivas

Los horarios de descanso protegidos por la ordenanza son:

  • De lunes a viernes: de 13:00 a 15:00 y de 22:00 a 06:00.
  • Desde las 13:00 del sábado hasta las 06:00 del lunes.

La normativa reconoce que los ruidos molestos pueden ser generados tanto por individuos como por empresas o instituciones, abarcando un amplio espectro de fuentes de contaminación sonora.

Sanciones a los infractores

Los infractores se enfrentan a un régimen progresivo de sanciones que incluye multas, clausuras, inhabilitaciones, cursos de reeducación y servicio comunitario. El valor de las multas se mide en Unidades Fijas (UF), equivalentes al precio del litro de nafta más alto en el mercado. Las penalidades incluyen:

  • Primera infracción: hasta 50 UF o curso de reeducación.
  • Segunda infracción: hasta 100 UF, más servicio comunitario por 30 días.
  • Tercera infracción: hasta 300 UF, acumulando sanciones previas y servicio comunitario por 30 días.
  • Cuarta infracción: hasta 500 UF, clausura provisoria y servicio comunitario por 60 días.
  • Quinta infracción: clausura definitiva del establecimiento y, en caso de personas, inhabilitación para conducir durante un año.

Lee la Ordenanza completa

compartir

Formulario de Suscripción

Suscribirse al Newsletter

Popular

Más como esto
Relacionado

00:06:00

Profesionales reabren el debate en torno a la represa de Corpus y piden un nuevo plebiscito en Misiones

Profesionales de distintas disciplinas analizaron el proyecto hidroeléctrico Corpus y coincidieron en que cualquier avance requiere una nueva consulta popular, con información actualizada y mayor participación ciudadana.

Avanzan obras viales e hidráulicas para mejorar calles y drenaje en Oberá

Se ejecutan tareas de enripiado, ensanchamiento de calles, cordón cuneta y obras hidráulicas con el objetivo de optimizar la transitabilidad y prevenir anegamientos en el barrio.

Posadas regula la instalación de infraestructura de servicios: exigen orden, seguridad y retiro de cableado en desuso

La Municipalidad de Posadas implementó un nuevo marco normativo para ordenar la instalación y mantenimiento de estructuras y redes de servicios en la vía pública, con el objetivo de mejorar la seguridad urbana, reducir el impacto visual y optimizar el control sobre las empresas prestadoras.

Paritarias de la construcción: cuánto cobrarán los trabajadores en febrero de 2026

Tras la firma de un nuevo acuerdo paritario homologado por la Secretaría de Trabajo, la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) y las cámaras empresarias del sector definieron los aumentos salariales que regirán para los salarios de enero y febrero de 2026, que se liquidan durante febrero y marzo respectivamente.